El concepto de corrupción proviene del latín corruptio, el cual deriva de: “con” que significa junto, “rumpere” que es quebrar y el sufijo -io que es acción o efecto. Corrupción es aquella acción de quebrar el sistema, lo que se traduce en una ruptura del orden, derivada de una serie de acciones voluntarias ilegales que traen aparejado una fractura en el Estado de Derecho y una descomposición social.
“La Organización de las Naciones Unidas, en el Programa Global contra la Corrupción, define el fenómeno de la corrupción como un “comportamiento de los individuos y funcionarios públicos que se desvían de las responsabilidades establecidas y usan su posición de poder para satisfacer fines privados y asegurar sus propias ganancias” (UNODC, 2004: 2). Tal concepto converge con el de Transparencia Internacional, que lo señala como el “mal uso del poder encomendado para obtener beneficios privados” (Transparencia Internacional, 2012), y con la muy socorrida definición que describe la corrupción como el “abuso del poder público para la ganancia privada que amenaza el interés público” (Johnston, 2006: 12).” (Sandoval Ballesteros, 2016, pp. 119-120).
La Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (CNUCC), establece una serie de actos de corrupción que constituyen delitos:
Tanto el soborno en el sector público y privado, como el tráfico de influencias, contemplan dos tipos de acciones, que se cometen de manera intencional:
Teoría del agente-principal
Esta teoría establece que existe un “agente”, el cual es un funcionario o servidor público, que tiene a su cargo la salvaguarda y protección del “principal”, constituido por el pueblo. En ocasiones puede suceder que los intereses de ambos, agente y principal, sean contrapuestos, y que en un momento dado, las personas que conforman al “agente”, puedan anteponer sus intereses personales e incurrir en actos de corrupción, provocando daños al “principal”. Ante esta posible situación, el “principal” puede diseñar mecanismos de control de actuación para vigilar el correcto y adecuado funcionamiento del “agente”.
Teoría de acción colectiva
Esta teoría pretende dar una explicación del por qué la corrupción sistemática persiste dentro de las sociedades, donde a pesar de establecerse como un “acto ilegal” dentro del marco normativo, se “normaliza” el hecho, como un tipo de norma social, que tiene cierto grado de aceptación, a pesar de que los individuos estén conscientes de los efectos negativos de la corrupción en el sistema.
Teoría institucional
Explica cómo la corrupción surge en la sociedad dentro de las instituciones, a pesar de la preexistencia de un marco jurídico y órganos anticorrupción. Por tanto, analiza la estructura, transparencia y debilidades de las propias instituciones, lo cual posibilita en ocasiones que surja la corrupción, para ello, estudia las relaciones entre el sistema político-cultura-instituciones.
Teoría de juegos
Explica las razones por las que las personas se corrompen, básicamente los funcionarios y servidores públicos. Las decisiones que estos toman se encuentran influenciadas por el propio contexto, involucrando aspectos psicológicos y acordes a determinada situación. Por tanto, dichas personas actuarán de determinada forma, derivado del temor de encontrarse en desventaja al conducirse éticamente, por lo que deciden corromperse.
“Macrae (1982) sugiere que la corrupción es parte de un cálculo racional y un método integral y a menudo muy arraigado por el que las personas toman decisiones. En este contexto, las personas se enfrentan al «dilema del prisionero», el cual «ilustra un conflicto entre el raciocinio individual y grupal» (Kuhn, 2019). La persona le teme a una desventaja si rehúsa tomar parte en prácticas corruptas, mientras otras en la misma situación no rehúsan hacerlo. Como resultado, todas las personas obtienen algún tipo de beneficio, que, sin embargo, siempre es menor al beneficio que cada uno de ellos habría obtenido si hubieran rehusado tomar parte de prácticas corruptas.” (UNODC La Declaración de Doha: promover una cultura de legalidad (s.f.) Teorías que explican la corrupción. En:Serie de módulos universitarios. Lucha contra la corrupción, párr. 8. Disponible en: https://www.unodc.org/e4j/es/anti-corruption/module-4/key-issues/theories-that-explain-corruption.html)
Aproximación Funcionalista
Analiza cómo la corrupción ha surgido de manera periódica en las sociedades, debido a que se encuentra intrínsecamente arraigada al propio sistema, a pesar de que éste transcurra hacia una modernización y desarrollo de carácter político y social. Es decir, una sociedad que trasciende hacia la modernización puede hacer perdurar las propias prácticas que conllevan a la corrupción, debido a que se propician nuevas fuentes de riqueza y/o poder.
Aproximación Integracionista
Desde un punto de vista funcional-estructural, la existencia de la corrupción ofrece una estabilidad al propio sistema al suplir ciertas carencias en las funciones del Estado, derivando en una humanización de los individuos e integrando a las minorías.
Aproximación Moralista
A partir de una categoría subjetiva, trata a la corrupción desde un punto de vista moral, donde su presencia estará en función de la sociedad y su sistema político. Un sistema político fortalecido significa una cultura política adecuada en cada uno de los individuos, que evitará en mayor medida que incurran en prácticas corruptas.
Aproximación del Nuevo Institucionalismo
Esta teoría indica que las instituciones formales e informales del sector público tienen un gran impacto en las sociedades y en su sistema político. Dichas instituciones operan acorde a una serie de normas, las cuales serán interpretadas desde el punto de vista particular de los actores políticos. Por lo que, estos actores políticos podrían llegar a interpretar las normas y por consiguiente actuar dentro de las instituciones en beneficio propio, y no en beneficio de la sociedad.
Aproximación Económica de la Corrupción
Se requiere de dos entes para que se dé la corrupción: a) principal, quien representa los intereses públicos y la institución pública, y b) agente o empleado público, el cual le es concedida una serie de funciones y facultades otorgadas por el principal, para que actúe conforme a las normas de la institución pública.
El empleado puede o no incurrir en corrupción, dependiendo si decide actuar bajo los intereses propios, o bien acorde a los intereses públicos que le fueron asignados a salvaguardar.
Aproximación legal
La corrupción se aprecia como un acto ilegal, que rompe y transgrede las reglas y normas establecidas. Ahora bien, un factor importante para que surjan las prácticas de corrupción es la discrecionalidad en los servidores públicos. Entre mayor discrecionalidad, menor control se tendrá sobre las actuaciones de éstos y en consecuencia será mayor la posibilidad de que incurran en corrupción.
Aproximación Política- Económica
Esta teoría explica cómo la corrupción surge después de analizar los costos-beneficios que trae aparejado llevarla a cabo. Considera las decisiones racionales individuales de las personas involucradas y las ganancias o el poder político que puedan devenir.
Político de Negocios
Sitúa a los políticos como agentes de negocios, ya que observan en el ejercicio de la política, la oportunidad de obtener beneficios personales de carácter económico, a través del manejo de los recursos públicos. Sus decisiones tendrán impacto a nivel macroeconómico, pudiendo cambiar estructuras.
Doble fraude
Pone de manifiesto el peligro que corre la democracia, conduciendola a sufrir grandes retrocesos cuando se anteponen intereses privados en materia política, relegando la toma de decisiones de la sociedad, así como la transparencia de actuación a través de la rendición de cuentas:
“en un sistema basado en privilegios mas no en derechos, la competencia electoral termina completamente desvirtuada, abriendo paso al “doble fraude”: un fraude financiero-estructural y un fraude político-electoral. El primero operaría a favor del enriquecimiento de oligarquías y grupos económicos privilegiados, a través de defraudaciones fiscales, manipulaciones bancarias, fraudes inmobiliarios y continuos rescates financieros a costa del erario público. El segundo lo haría a favor del enquistamiento en el poder de los operadores burocráticos, tecnocráticos y judiciales de esas mismas oligarquías y élites financieras vía la compra y coacción del voto, los recurrentes financiamientos ilícitos y criminales en los procesos electorales, el rebase de topes de campaña, las guerras sucias en los medios de comunicación y muchas otras formas de inequidad en las contiendas, para la continua defraudación de la voluntad popular. Esta tóxica interacción, como es evidente, obstaculiza el desarrollo de estructuras estatales justas, limpias, transparentes y democráticas.” (Sandoval Ballesteros, 2016, pp. 132-133).
Con respecto, a las posturas teóricas que explican la corrupción en las organizaciones tenemos:
“La teoría de la elección pública estudia la racionalidad limitada, mientras que las teorías de la manzana podrida explican la corrupción desde un mal carácter. La teoría de la cultura organizacional explica patrones culturales que producen un estado mental. Las teorías de valores sociales en choque, donde las causas son los valores y normas de la sociedad que influencian las de los individuos, reducen los aspectos situacionales a conflictos morales individuales. En la teoría del ethos de la administración pública existe una causa entre la presión social sobre los niveles de las organizaciones y los oficiales. Finalmente tenemos las teorías de la correlación sin un modelo causal, donde se estudian elementos situacionales” (Graaf, 2007, p. 46. Citado por Guerrero Sánchez Pablo y Luis Pérez Álvarez, 2016, p. 5).
Cuadro 2. Posturas teóricas acerca de la corrupción
Autor |
Concepción teórica de la corrupción |
Ernesto Garzón Valdés |
La corrupción está vinculada a actos y omisiones de personas siempre identificables. |
Funcionalistas |
“1) la corrupción es una desgracia humanamente inevitable; 2) negar la autoría de la corrupción aduciendo que su realización no fue producto de una acción u omisión humana; 3) invocar verdades absolutas cuya imposición o defensa de la corrupción se autojustifica por el carácter irrenunciable de aquéllas: la calidad suprema del bien perseguido superaría con creces los costos de su consecución; 4) alegar que la situación en la que hubo que actuar estaba ya corrompida y que lo único que podía hacerse era optar por la corrupción menos grave; y, 5) postular que la corrupción era imprevisible” (Garzón Valdés, Ernesto, 2004, pp. 11-30. Citado por: Jaime Cárdenas y María de la Luz Mijangos, 2006, p. 171). |
Alejandro Nieto |
La corrupción es estructural al poder. Las modalidades de la corrupción son: penal y administrativa. |
Oscar Arias |
La corrupción existe tanto en sistemas democráticos y no democráticos. Lo que es un hecho, es que se combate de mejor manera cuando estamos en un sistema democrático, que goce de pluralismo, tolerancia, libertad de expresión, seguridad individual, etc. |
Robert Klitgaard |
“la corrupción sistemática genera costos económicos debido a la distorsión de los incentivos, costos políticos debidos al debilitamiento de las instituciones, y costos sociales debidos a la redistribución de la riqueza y poder hacia los más ricos y privilegiados, cuando la corrupción contradice el derecho de propiedad, la vigencia de la ley y los incentivos para la inversión, el desarrollo económico y político queda mutilado” (Klitgaard, Robert, 1995, p. 247. Citado por: Jaime Cárdenas y María de la Luz Mijangos, 2006, p. 174). |
Francisco Laporta |
La corrupción genera un sentimiento de enajenación y cinismo, produciendo inestabilidad política y desconfianza por parte de los gobernados. |
Jorge Malem |
La corrupción daña a la ciudadanía, debilita la democracia, fomenta la impunidad, propicia los delitos de delincuencia organizada y narcotráfico, y afecta a los consumidores. |
Arnold Heidenhammer |
La corrupción puede ser observable a partir de tres dominios: jurídico (delito o infracción del servidor público), de mercado (como decisión económica del servidor público), y político (la alteración del interés público por intereses particulares). |
Luis Moreno Ocampo |
Modelo PAC (principal, agent, client): la corrupción surge cuando el empleado público se adueña de un beneficio público, sin transferirlo al principal (Estado). |
Max Weber |
La corrupción está vinculada a los procesos de modernización. |
Stephen D. Morris |
El núcleo de la corrupción es la deslealtad o traición a las reglas del Estado. |
Lomnitz |
La corrupción es una categoría cultural. |
Jorge Malem Seña |
Las características de la corrupción son: |
González Amuchástegui |
Se requieren de una serie de elementos para combatir a la corrupción: penal, administrativa y compromiso ético |
Los efectos de la corrupción son múltiples, ya que a pesar de beneficiar a nivel privado, tiene repercusiones en la esfera pública, al transgredir los derechos de terceros. Entre los efectos podemos mencionar:
“La Convención Interamericana contra la Corrupción de 1996 señala de manera genérica los siguientes: socava la legitimidad de las instituciones públicas, atenta contra la sociedad, el orden moral y la justicia, así como contra el desarrollo integral de los pueblos… Según Transparencia Internacional, la corrupción significa aproximadamente 15 por ciento más del costo que las empresas cargan al consumidor por las cuotas que deben pagar para operar en México… Water House Coopers calcula que cada año dejan de ingresar a México como inversión alrededor de 8 mil 500 millones de dólares…” (Cárdenas, Jaime y Mijangos, María de la Luz, 2006, p. 173).
El “Manual de encuestas de corrupción” del 2018, publicado por la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) (https://www.unodc.org/documents/mexicoandcentralamerica/2020/Corrupcion/CorruptionManual_ESP.pdf), el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y el Centro de Excelencia para Información Estadística de Gobierno, Seguridad Pública, Victimización y Justicia UNODC-INEGI, analiza una serie de enfoques para medir la corrupción y señala dos métodos para dicho fin:
Asimismo, existen una serie de indicadores que pueden coadyuvar para medir la corrupción, los cuales enlista oportunamente Claudia Jiménez Méndez (2004, Capítulo 2. Marco Teórico):
En lo correspondiente a la organización “Transparency International”, utiliza el Índice de percepción de la corrupción (IPC), el cual se compone de 13 fuentes de datos distintas de 12 instituciones independientes que recogen las percepciones sobre la corrupción de los últimos dos años. Asimismo, dicho organismo desarrolló el “Barómetro Global de Corrupción”, donde a partir de una encuesta se pregunta acerca de la percepción y experiencia con respecto al soborno.
Cabe mencionar que existen de igual manera otros indicadores que pueden medir la corrupción:
Entre los instrumentos que se cuentan para llevar a cabo la medición de la corrupción se tienen:
Para el caso de México, Jaime Cárdenas y María de la Luz Mijangos (2006), señalan los indicadores que califican, ya sea de manera directa o indirecta, la corrupción:
“Impunidad se define como la cualidad de impune, es decir, la cualidad de dejar una culpa o exceso sin el merecido castigo. La palabra proviene del latín impunitas que quiere decir, literalmente, “sin castigo”.” (Significados.com., 2019, Impunidad. Consultado el 3 de junio de 2021, párr. 1. Disponible en: https://www.significados.com/impunidad/)
La impunidad al engendrar una falta de castigo a los autores de un acto ilícito sea en materia penal, civil, política o administrativa, trae aparejada una ausencia de justicia, indignación, victimización y transgresión a los derechos humanos.
“La Corte Interamericana de los Derechos Humanos (Corte IDH) ha definido la impunidad como:
La falta en su conjunto de investigación, persecución, captura, enjuiciamiento y condena de los responsables de las violaciones de derechos protegidos por la Convención Americana, toda vez que el Estado tiene la obligación de combatir tal situación por todos los medios legales disponibles ya que la impunidad propicia la repetición crónica de la violación de los derechos humanos y la total indefensión de las víctimas y de sus familiares.” (Le Clercq, Juan Antonio; Cháidez, Azucena; Rodríguez, Gerardo, 2016, p. 73).
Cuadro 3. Posturas teóricas acerca de la impunidad
Autor |
Concepción teórica de la impunidad |
Escriche |
Falta de castigo. |
Cabanellas |
“la causa más común, porque es la que más hiere la sensibilidad colectiva, está representada por aquellos casos en que, siendo conocidos los autores, no se los persigue por razones de orden político, siempre abusivas y propias de Estados en los que la libertad ha sido cercenada, la prensa amordazada, los tribunales prostituidos y el poder entregado en manos de una minoría sostenida por la coacción, el miedo y la cobardía general.” (Escobedo Barrondo, Astrid Odete, 2013, p.13). |
Hernando Valencia Villa |
“Se trata de la falta más grave de cualquier sistema jurisdiccional porque el delito sin sanción fomenta la venganza, exalta a los verdugos y humilla a las víctimas, atribuye responsabilidades colectivas y no individuales, e impide la reconciliación y la paz…” (Valencia Villa, Hernando, 2003, p. 224. Citado por: Escobedo Barrondo, Astrid Odete, 2013, p. 14). |
Iván García Garante |
“La impunidad implica la falta de sanción por un delito, un “escaparse a la acción de la justicia” (García Garante, Iván, 2011, p. 12. Citado por: Escobedo Barrondo, Astrid Odete, 2013, p. 14). |
Wilder Tayler |
“...ausencia de castigo. Ante la existencia de una violación de los derechos humanos, el sistema judicial penal diseñado para llevar a juicio y castigar a los responsables se encuentra ausente o no entra en funcionamiento.” (Tayler, Wilder, 1996, p. 185. Citado por: Escobedo Barrondo, Astrid Odete, 2013, p. 14). |
Declaración de Santiago de 1996 |
“La impunidad es, en lo inmediato, la renuncia a la sanción penal a los violadores de los derechos humanos, y sus consecuencias afectan a la sociedad en su conjunto... Es la institucionalización de la injusticia por quienes están llamados a hacer justicia”. (Seminario Impunidad y sus efectos en los procesos democráticos. Declaración de Santiago, 1996. Citado por: Escobedo Barrondo, Astrid Odete, 2013, p. 15) |
Seminario Impunidad y sus efectos en los procesos democráticos |
“La impunidad es, en lo inmediato, la renuncia a la sanción penal a los violadores de los derechos humanos, y sus consecuencias afectan a la sociedad en su conjunto... Es la institucionalización de la injusticia por quienes están llamados a hacer justicia” Seminario Impunidad y sus efectos en los procesos democráticos. Declaración de Santiago, 1996. Citado por: Escobedo Barrondo, Astrid Odete, 2013, p. 16). |
Asamblea General de las Naciones Unidas en el Conjunto de principios para la protección y la promoción de los Derechos Humanos, para la lucha contra la impunidad |
“Por impunidad se entiende la inexistencia, de hecho o de derecho, de responsabilidad penal por parte de los autores de violaciones de los derechos humanos, así como de responsabilidad civil, administrativa o disciplinaria, porque escapan a toda investigación con miras a su inculpación, detención, procesamiento y, en caso de ser reconocidos culpables, condena a penas apropiadas, incluso a la indemnización del daño causado a sus víctimas” (Joinet, Louis, 1997. Citado por: Escobedo Barrondo, Astrid Odete, 2013, p. 16). |
Diane Orentlicher |
“La impunidad constituye una infracción de las obligaciones que tienen los Estados de investigar las violaciones, adoptar medidas apropiadas respecto de sus autores, especialmente en la esfera de la justicia, para que las personas sospechosas de responsabilidad penal sean procesadas, juzgadas y condenadas a penas apropiadas, de garantizar a las víctimas recursos eficaces y la reparación de los perjuicios sufridos de garantizar el derecho inalienable a conocer la verdad y de tomar todas las medidas necesarias para evitar la repetición de dichas violaciones” (Orentlicher, Diane, 2005, p. 6. Citado por: Escobedo Barrondo, Astrid Odete, 2013, p. 17). |
Bartolomei |
La impunidad tiene dimensiones políticas, económicas, sociales, éticas y culturales. |
El fenómeno de la impunidad es multidimensional, por lo que se cuenta con un indicador que considera una serie de factores estructurales y funcionales, utilizando información estadística que es proporcionada por el propio gobierno: Índice Global de Impunidad (IGI). La siguiente tabla, elaborada por Juan Antonio Le Clercq Ortega, señala las dimensiones que comprenden el IGI:
Cuadro 4. Indicadores por Dimensión y Eje Transversal IGI 2015/ IGI-MEX 2016
Finalmente, la correlación entre corrupción e impunidad en números muestra que:
“según el Índice de Impunidad Global, México es hoy —después de Filipinas— el segundo país con mayor impunidad en todo el mundo. La tasa de impunidad en México es del 99.3%, al mismo tiempo, esta nación padece uno de los más severos problemas de corrupción en el planeta. De acuerdo al índice de Percepción de la Corrupción de Transparencia Internacional, México ocupa el lugar 135 de 180 naciones evaluadas. En los últimos 15 años el país ha reprobado sistemáticamente las mediciones de este índice (con calificaciones que han ido del 3.3 al 3.7 en una escala del 1 al 10). Es el lugar 12 de 15 en América Latina en materia de sobornos. Según el barómetro de las Américas casi ocho de cada diez mexicanos consideran a México un país con altísimos niveles de corrupción.” (Curcó, 2019, p. 56).
Después de estudiar la información de la sección 3.3 Conceptos de corrupción e impunidad desde diferentes marcos teóricos, lee con atención las siguientes preguntas y elige la opción correcta.