Evolución de la Ciudadanía: De la restricción censitaria a los derechos sociales
Asignatura: Historia de México II
Nivel: 5.º año - Escuela Nacional Preparatoria (UNAM)
Unidad 3: La construcción del Estado y las perspectivas ciudadanas en el México contemporáneo.
El alumno explicará el proceso y los problemas de la construcción del Estado mexicano y de la ciudadanía, analizando su estructura, funcionamiento y relaciones con el contexto internacional, para actuar como ciudadano responsable con capacidad para la participación en la vida pública.
Comprender la evolución del discurso político en las constituciones mexicanas de 1824, 1836, 1843, 1857 y 1917, con el fin de:
La construcción de la ciudadanía en México fue un proceso complejo y no lineal. Durante el siglo XIX, se debatió quién debía participar en la política. Iniciamos con modelos censitarios (1836, 1843) que solo permitían votar a quienes tenían dinero. Pasamos por la lucha liberal (1857) que buscó la igualdad jurídica y la separación Iglesia-Estado. Finalmente, la Constitución de 1917 inauguró un nuevo paradigma al reconocer derechos sociales (educación, tierra, trabajo), entendiendo que no hay ciudadanía plena sin justicia social.
El 4 de octubre de 1824 se promulgó la primera Constitución Federal. Estableció una república representativa, popular y federal. Sin embargo, en materia de derechos, mantuvo una fuerte herencia colonial: declaró a la Religión Católica como única y oficial, prohibiendo el ejercicio de cualquier otra (intolerancia religiosa). La ciudadanía estaba ligada a la "vecindad" y, aunque teóricamente amplia, el sistema de elecciones era indirecto, lo que filtraba la participación popular directa.
Con el giro al conservadurismo, las Siete Leyes Constitucionales de 1836 instauraron el centralismo. Aunque fue innovadora al ser la primera constitución en incluir un apartado sistemático de derechos, su concepción de ciudadanía fue restrictiva y elitista (ciudadanía censitaria).
Para ser considerado ciudadano y tener derecho a voto, no bastaba con ser mexicano y mayor de edad; se requería poseer una renta anual de por lo menos 100 pesos procedentes de capital fijo, mobiliario o industria. Esto excluía a la gran mayoría de la población (jornaleros, peones) de la vida política. Además, creó el Supremo Poder Conservador, un órgano con facultades por encima de los otros tres poderes, encargado de vigilar la constitucionalidad pero que en la práctica obstaculizó el gobierno.
Las Bases de Organización Política de 1843, influenciadas por Antonio López de Santa Anna, radicalizaron el centralismo y la exclusión política. Eliminaron el Supremo Poder Conservador para fortalecer desmedidamente al Ejecutivo, acercándose a una dictadura legalizada.
En cuanto a la ciudadanía, las restricciones aumentaron drásticamente: para ser ciudadano se elevó la renta anual, y para ser elegible a cargos públicos, las exigencias eran aún mayores. Esto consolidó una oligarquía política, donde el poder estaba monopolizado por la élite económica, y mantuvo intactos los fueros eclesiásticos y militares, perpetuando la desigualdad jurídica estamental.
Tras el triunfo de la Revolución de Ayutla (1855), los liberales asumieron el poder y comenzaron a transformar profundamente al país mediante leyes que buscaban limitar la influencia de la Iglesia y los privilegios heredados del periodo colonial. Estas disposiciones reflejaban el gran conflicto de la época: construir un Estado nacional laico frente al poder tradicional de la Iglesia. Aunque sus consecuencias fueron complejas, marcaron avances decisivos en la igualdad legal y en la modernización del Estado mexicano.
Autor: Benito Juárez
Objetivo: Eliminar privilegios corporativos
La Ley Juárez suprimió los fueros militares y eclesiásticos en asuntos civiles, lo que significó que tanto militares como clérigos debían ser juzgados por los mismos tribunales que cualquier ciudadano. Por primera vez se estableció de manera explícita el principio de igualdad ante la ley civil, rompiendo con la tradición colonial que otorgaba privilegios judiciales a ciertos grupos. Este cambio representó un golpe directo contra los privilegios heredados del periodo virreinal, y marcó un paso decisivo hacia la construcción de un Estado moderno.
Impacto: La ley consolidó el principio de igualdad jurídica y sentó las bases para la futura separación entre Iglesia y Estado, al limitar el poder de las corporaciones tradicionales frente al Estado nacional.
Autor: Miguel Lerdo de Tejada
Objetivo: Reducir el poder económico de la Iglesia
La Ley Lerdo dispuso la venta obligatoria de las propiedades de la Iglesia y de otras corporaciones civiles, excepto aquellas directamente destinadas al culto religioso. Con esta medida se buscaba limitar la enorme influencia económica de la Iglesia, y promover la circulación de tierras en el mercado, con la esperanza de dinamizar la economía y favorecer la formación de una clase media propietaria.
Impacto no previsto: En la práctica, los principales beneficiados fueron terratenientes y especuladores, quienes adquirieron grandes extensiones a bajo costo. Lejos de generar una distribución más justa, la ley provocó una mayor concentración de la tierra en pocas manos y el despojo de comunidades indígenas y campesinas de sus tierras comunales. Así, una reforma pensada para impulsar la igualdad terminó profundizando las desigualdades sociales.
Autor: José María Iglesias
Objetivo: Suprimir los pagos obligatorios a la Iglesia
La Ley Iglesias prohibió que la Iglesia Católica exigiera el cobro de derechos parroquiales —por bautismos, matrimonios y entierros— a las personas pobres. Con esta disposición se garantizó que dichos sacramentos fueran gratuitos para quienes carecían de recursos, lo que representó un acto de justicia social y un intento de aliviar la carga económica de los sectores más vulnerables.
La medida afectó de manera directa la estructura financiera de la Iglesia, pues gran parte de sus ingresos provenían de estos pagos. Al mismo tiempo, redujo su capacidad de ejercer control sobre los momentos más significativos de la vida cotidiana de la población.
Impacto: La ley provocó una disminución sustancial de los recursos económicos de la Iglesia y debilitó su influencia social en los ámbitos vitales —nacimiento, matrimonio y muerte—, contribuyendo al proceso de secularización de la sociedad mexicana y al fortalecimiento del proyecto liberal.
Durante la Guerra de Reforma (1858-1861), el gobierno liberal encabezado por Benito Juárez, instalado en Veracruz bajo condiciones de gran precariedad, enfrentó militarmente al gobierno conservador establecido en la Ciudad de México. En este contexto de confrontación, Juárez y su gabinete promulgaron un conjunto de disposiciones legislativas que radicalizaron el proceso de secularización iniciado años atrás. Las Leyes de Reforma no fueron simples medidas administrativas: constituyeron instrumentos políticos y jurídicos destinados a debilitar de manera definitiva el poder material y simbólico de la Iglesia Católica, aliada del bando conservador.
Ante la Guerra de Reforma, Benito Juárez promulgó desde Veracruz las Leyes de Reforma (1859-1860), que consumaron la separación Iglesia-Estado mediante:
Superó el alcance de la Ley Lerdo (1856): en lugar de ordenar la venta de propiedades corporativas, transfirió directamente al Estado, sin compensación, la propiedad absoluta de todos los bienes eclesiásticos no destinados al culto. Los objetivos eran:
La Ley del Matrimonio Civil estableció que el matrimonio debía considerarse un contrato civil, válido únicamente si se celebraba ante autoridades estatales. Con ello, se retiró al matrimonio su carácter de sacramento religioso con efectos legales y se convirtió en un acto jurídico regulado exclusivamente por el Estado. Implicaciones principales:
Transfirió al Estado el control exclusivo de los actos civiles fundamentales: nacimientos, matrimonios, divorcios, adopciones y defunciones. Con esta disposición, se arrebató a la Iglesia Católica una función que había ejercido desde la época colonial a través de los libros sacramentales, y se estableció un sistema civil que garantizaba la validez jurídica de la identidad y la vida social de los ciudadanos.
La Ley sobre Libertad de Cultos reconoció constitucionalmente la libertad religiosa, garantizando el derecho de toda persona a profesar la religión de su elección o a no practicar ninguna. Con esta disposición se quebró el monopolio del catolicismo como religión oficial del Estado mexicano, vigente desde la época colonial, y se abrió paso a un modelo de Estado laico. Alcances principales:
Promulgada el 5 de febrero de 1857, la Constitución Federal representó un hito en la consolidación del liberalismo político en México y la culminación de las aspiraciones reformistas iniciadas con la Revolución de Ayutla. Este texto fortaleció el sistema federal frente al centralismo, estableció la división tripartita de poderes (ejecutivo, legislativo y judicial) como mecanismo de equilibrio político, y consagró un amplio catálogo de garantías individuales: libertad de expresión, de prensa, de asociación, de tránsito, derecho a la educación y la prohibición absoluta de la esclavitud.
La Constitución sentó las bases de un Estado laico mediante dos decisiones fundamentales: no establecer una religión oficial y reconocer la soberanía popular como origen de la autoridad política. Asimismo, incorporó principios de las Leyes Juárez y Lerdo, que limitaron los fueros eclesiásticos y la propiedad corporativa de la Iglesia. No obstante, el debate en el Congreso Constituyente fue intenso: los liberales radicales (“puros”) defendían medidas anticlericales más explícitas, mientras que los moderados optaron por un texto prudente. Esta moderación no evitó el choque con los sectores conservadores.
Si bien la Constitución de 1857 significó un hito en la consolidación de los derechos individuales y en la organización política del país, también dejó al descubierto profundas insuficiencias que se manifestarían con el tiempo:
Tras la Revolución Mexicana, la Constitución de 1917 transformó el paradigma constitucional mundial al sumar a las libertades individuales los derechos sociales, reconociendo que la igualdad legal no basta si existe desigualdad económica extrema. La Constitución promulgada el 5 de febrero de 1917 en Querétaro constituye un parteaguas no solo en la historia constitucional de México, sino también en el desarrollo del constitucionalismo mundial. Surgida del proceso revolucionario iniciado en 1910, fue producto del Congreso Constituyente convocado por Venustiano Carranza en septiembre de 1916, cuyo objetivo era reformar la Constitución de 1857 y adecuarla a las nuevas realidades sociales y políticas del país.
Lo verdaderamente revolucionario de esta carta magna fue su carácter pionero: se convirtió en la primera constitución en el mundo en incorporar derechos sociales y económicos como garantías constitucionales, junto a los derechos individuales. Con ello, transformó la concepción misma de lo que debía ser una constitución: dejó de ser únicamente un documento que limitara el poder del Estado y asegurara libertades individuales, para convertirse en un instrumento que obligaba al Estado a promover la justicia social y proteger a los sectores más vulnerables de la población.
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